Antes del 20 de diciembre empresas y patrones deben realizar el pago de aguinaldo a trabajadores, aseguró Jorge Clausen Marín, presidente de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado.
Clausen Marín señaló que la falta del pago de aguinaldo es un incumplimiento a las normas de trabajo y dijo que los patrones deben estar conscientes que la Ley Federal del Trabajo establece penalidades, que van de 50 hasta las 500 unidades de medida de sanción.
El presidente de la Junta de Conciliación recomendó que los trabajadores que requieran de asesoría laboral acudan a las instancias conciliadoras de la Secretaría del Trabajo: Inspección Local del Trabajo y Procuraduría de la Defensa del Trabajo, ubicadas en la planta baja del edificio Sonora del Centro de Gobierno.
“Ellos de manera conciliatoria citan y regularmente es de un día para otro, y por esa vía se soluciona de manera inmediata el problema en muchos casos, porque las demandas son muy tardadas y lo que buscamos nosotros es una respuesta inmediata para el trabajador, en caso de que el patrón no quisiera pagar, entonces vía demanda podemos intervenir”, puntualizó Clausen Marín.
Todo trabajador que labore un año tiene derecho a percibir un mínimo de 15 días de aguinaldo anual, mientras que el pago de aguinaldo a quienes no hayan laborado el año completo, deberá ser proporcional al tiempo efectivo laborado, precisó.